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Pasqualini: “Todas las verdaderas reformas están pendientes”
3 julio, 2010, 8:15 pm
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Pasqualini: “Todas las verdaderas reformas están pendientes”
19-06-10 La convencional (mc) advierte que no se avanzó en la reforma política ni en cambiar el régimen electoral como en los controles y asegura que en la Constituyente «se desconfió mucho de la política como herramienta para gobernar»
RN.- ¿Satisfecha o frustrada con el proceso de reglamentación de la Constitución?

– Si me hubiera tocado resolver el orden de prioridades de las necesarias reglamentaciones a consagrar luego del proceso de reforma constitucional de 2008, hubiera empezado por donde se empezó: Consejo Económico Social, Defensor del Pueblo, ambos ya aprobados y en vigencia.
Los dos restantes prioritarios en este cambio de mentalidad serían: formas de democracia directa (iniciativa legislativa, plebiscito, audiencia pública, revocatoria, etc. y Consejo de la Magistratura. Los dos están insalubremente demorados por los caprichos y los egoísmos de la contingencia política actual provincial. Las medidas aludidas son formas básicas de morigerar el sistema tradicional de gobierno, y cuando se hagan práctica habitual en la vida común de los entrerrianos, todos seremos protagonistas de la cosa pública con derechos y responsabilidades que asumir.
Cuando estas herramientas se encuentren en marcha, las restantes previsiones constitucionales pueden llegar a tener vida de la mano de la sociedad organizada prescindiendo de los referentes políticos que se debaten solamente en su perdurabilidad.

Por otro lado, con jueces, fiscales y defensores examinados científica y humanamente, por un órgano que lo hace desde las distintas visiones de los claustros que lo componen, se avanza geométricamente en la calidad del funcionarado judicial y consecuentemente en todos los estamentos del Poder Judicial. Siendo el Poder Judicial el último reservorio de calidad institucional, se culmina de cerrar un sistema de pesos y contrapesos que garantiza la paz social mediante la vigencia irrestricta del orden jurídico constitucional.
En materia ambiental, no he profundizado el texto del Proyecto de Código Ambiental pero la participación social, de los diferentes actores sociales y la recorrida que se está haciendo en el Interior de la Provincia, creo que podrá generar una recolección de nuevos aportes e ideas para ser incluido en el proyecto de trabajo de los legisladores. Esto de “practicar” la participación de los diferentes estamentos, a pesar de no contar con ley todavía, le da vida propia a la Constitución.
En cuanto a cuestiones municipales, falta todo. Es realmente frustrante en este tópico.
Más aún, en aquellos casos que hubo idas y vueltas sobre el tema. No conozco a fondo la realidad político social de Gualeguaychú, pero convocar a Convención Municipal para avanzar con la Carta Orgánica y, luego, después de haber perdido una elección, levantar el proceso constituyente, es al menos desprolijo. Se parece mucho a una burla a las expectativas de los ciudadanos, que quizás estén de acuerdo con retroceder, por eso digo que no conozco a fondo la realidad particular.

RN.- ¿Qué cosas, hoy vista, quedaron pendientes en la reforma?

– Todas las verdaderas reformas quedaron pendientes, salvo la introducción de las formas de democracia directa. Quedó pendiente la reforma política, la reforma al régimen electoral, la reforma de los controles (más herramientas de control), la eficiencia del estado en el ejercicio de sus atribuciones.
Se desconfió mucho de la política como herramienta para gobernar. Eso no quiere decir que no haya que controlar a la política, más precisamente: controlar a los políticos. No culpemos a la política de los errores de los políticos. Éstos son humanos, la primera es una suerte de ciencia y arte a la vez.
Se debió acentuar la intervención del Legislativo no tanto ya en su papel tradicional, como creador de leyes, sino como controlador de los restantes Poderes del Estado.
Se debió acentuar la independencia del Poder Judicial, la idoneidad de sus funcionarios y la eficiencia en el ejercicio de la función en sí misma.
En la actualidad estamos más acostumbrados con decisiones judiciales que se entrometen en el quehacer de los restantes poderes, antes no se daba esa situación.
Esto sucede ahora porque contamos la consagración del Bloque Convencional (el art. 75 inciso 22 de la Constitución Nacional) introducida por la Reforma Constitucional Nacional de 1994.
No cuestiono dicha intromisión, atento que si el cuidadano debe acudir a la solución judicial, es porque resulta la última y la única solución a sus peticiones desoídas.
En este contexto nacional e internacional, con más las garantías introducidas en 2008 en plexo normativo constitucional provincial, y cuando los Jueces entrerrianos sean plenamente conscientes de todo el poder que ha sido puesto en sus manos, seguramente la vida diaria de los habitantes de nuestra provincia será distinta.
Con la exigencia de accionar que imponen los derechos protegidos de esta forma, con la inevitable obligación de protagonizar y no solamente dedicarse a aplicar la norma al caso concreto, se impondrá un nuevo paradigma de funcionario judicial y luego, como consecuencia de ello, un nuevo paradigma de funcionario ejecutivo y de legislador.
Pero estos cambios de idiosincrasia llevan tiempo, en algunos casos mucho tiempo.
Recién ahora luego de 16 años de vigencia de la Reforma Constitucional Nacional, se ha hecho carne y lenguaje habitual no sólo ya en la práctica forense, judicial y política, sino en todos los ámbitos de la sociedad, las disposiciones de los Tratados referidos a Derechos Humanos. Ahora escuchás a los adolescentes hablando del Pacto de San José de Costa Rica, cuando hace pocos años, no sabían qué contestarte. Estoy esperanzada que lo mismo le ocurra a la Constitución Provincial 2008.

RN.- Esa cuestión del `espíritu´ de los convencionales ¿se refleja en lo que se va reglamentando?

– Sí y demasiado. No sé si está bien o está mal.
Poniéndolo en una metáfora: el hijo viene del vientre materno, pero cuando nace se le corta el cordón umbilical, no es la misma persona es otra, autónoma e independiente, con su propia vida, con su propio estilo de vivir. En su crianza y educación, ese hijo se basa en las tradiciones y conceptos pertenecientes a sus padres, pero también producto de nuestra capacidad de razonar, madurar y criticar, va adquiriendo conceptos nuevos, modernos o solamente diferentes puntos de vista.
El espíritu del legislador es uno de los métodos de interpretación de las normas y del alcance del poder coactivo de ellas, pero no es el único método. De todas las reglas de interpretación, es por supuesto, el más genuino, pero es un análisis relativo de la situación: Yo misma he cambiado de parecer en algunas de mis posturas asumidas en la Convención. Es parte de la evolución humana.

Igual, no creo que encuentres algún político que haya dicho algo, y luego al tiempo reconozca, que estaba equivocado o que vio solo un ángulo y no todos. Siempre usan los eufemismos de “cambio de status quo” o que “se debe al accionar de otro y nunca al propio”, y por supuesto la máxima: me sacaron de contexto (aunque esta última es así, siempre transcriben lo que Ustedes – los periodistas – quieren; los otros no son santos, saben que pasará).

RN- Hubo un debate organizado por el STJ que concluye en que el Ejecutivo absorbió al Legislativo y al Poder Judicial. ¿Coincidís?

– En un sistema de gobierno como el nuestro – presidencialista -, es inevitable que el Presidente a nivel nacional, o el Gobernador a nivel provincial, tengan mayor protagonismo que los restantes poderes del estado, no sólo en el accionar propiamente dicho sino también en lo mediático.
La absorción aludida reconoce origen en la omisión de función de los otros Poderes, y de la ciudadanía en general.
Cuando los legisladores han querido retomar la iniciativa, ha fecundado en debates parlamentarios de trascendencia institucional (por ejemplo: la ley que reglamenta los DNU, la reforma al Consejo de la Magistratura Nacional) o social (matrimonio entre personas de mismo sexo).
Cuando la Justicia ha decidido ponerle puntos sobre las íes a los otros poderes, también lo ha hecho: cuando intimó al Gobierno Nacional por los aumentos para jubilados tanto al Poder Ejecutivo como al Poder Legislativo; la causa “Riachuelo”, entre otros ejemplos.
La falta de autarquía financiera de los restantes poderes del Estado respecto del Poder Ejecutivo, también coadyuva a esa absorción. Lo mismo sucede con la coparticipación federal y el sometimiento financiero de las Provincias respecto de la Nación, modelo de relación que se replica en la relación Provincia – Municipios (no sólo Entre Ríos).
Ambas patologías se superan con diálogo político, hoy inexistente no solo entre los diferentes partidos sino también dentro de ellos, diálogo político creador de las normas de convivencia en este aspecto esencial, y luego en la aplicación inexpugnable de esas normas de convivencia financiera.
A todo esto, hay que agregar la pacificidad y pasividad, casi inercia mezclado con falta de compromiso con lo público que tiene como costumbre el argentino, y el entrerriano también. Aquí tiramos el envoltorio del alfajor en la vereda, pero en Suiza a ese mismo argentino lo ves tirando el mismo envoltorio en el basurero.
Este cuadro de situación favorece, y fomenta ese avance o absorción como dijeron en el Seminario aludido. También la falta de padecer una consecuencia disvaliosa por avanzar a dónde no se debe, hace que el abusador continúe “corriendo el límite más allá”.
La patología del avance absorbente del Ejecutivo respecto de los otros poderes, y de la Nación respecto de las Provincias, y éstas respecto de los Municipios que las integran, es un abuso del derecho, y el ordenamiento jurídico vigente tilda de ilícitos a los actos que consistan en el ejercicio antifuncional de un derecho, prerrogativa o facultad normativamente otorgada se trate de un sujeto de derecho público como un sujeto de derecho privado.

RN.- Frente a un debate electoral como el que atraviesa Entre Ríos. ¿Cuál es tu mirada? En general, y puntualmente sobre los municipios

– La prudencia indicaba que este año 2010 debió haber sido, de debate intrapartidario … pero si se cambian las reglas de juego todo el tiempo, hay trincheras por todos los lados. Si hay trincheras, no hay diálogo. Gregorio Badeni dijo en el Congreso Provincial de Derecho de 2008, que existían facciones (grupos que se identifican con un caudillo conductor común) y no partidos políticos.

No hay debate intrapartidario porque no hay vida intrapartidaria, no hay estructuras dinámicas que no sean sellos de goma, tampoco hay gente interesada en revivir la mística de la vida partidaria interna.

La continua modificación de las reglas de juego en lo electoral – internas o generales – desalienta la participación, provoca desconfianza, y determina la suerte de cualquier decisorio que se tome en esas condiciones, el que aparecerá a la postre, sospechado de fraude o jugarreta. Pero de todas estas consecuencias, creo que la más grave es el desinterés en participar por el espíritu de participar y no “a cambio de algo”. La desidia y la inercia popular, dejan caldo de cultivo a las imposiciones de la autoridad, de ahí a la desdemocratización, hay pasos de diferencia.
No hay reglas claras, transparentes, modernas y principalmente sencillas de implementar, en materia de regímenes electorales y de partidos políticos, tanto a nivel nacional como provincial.
En cuanto a los Municipios entrerrianos que se encuentran en posición de dictar Carta Orgánica, ojalá avanzaran con mayor firmeza hacia ahí, ya que tanto como preparatoria, durante la Convención Municipal y luego de ella, llevará a la discusión de ideas, proyectos y planificaciones de interés vecinal.

Creo que a nivel municipal es dónde más se puede avanzar en herramientas de deliberación popular constantes o con más permanencia, y esto no sólo en los Municipios que pueden avanzar en organizarse autonómicamente desde el punto de vista institucional.

Las herramientas de democracia directa son más accesibles y más reales en su concreción posterior, a nivel municipal que en los restantes niveles de gobierno. Y lo cierto es que al kiosquero de la esquina de mi casa, o a mi vecina que es mamá con hijos en edad de jugar a la pelota en la calle, le interesa más si tal o cual delincuente está libre o preso, los baches de la esquina y la falta de iluminación pública de la plaza, o que le llegue agura a su tanque. Si bien tienen noticia del INDEC, los bonos que cotizan en Wall Street, los comodities internacionales para nuestra producción agraria, y los temas en general de la macroeconomía y macropolítica, convengamos que la inmediatez de los problemas del kiosquero y de mi vecina, se imponen, la realidad siempre se imponen …
Cuando la gente se enoja con que el Gobierno dice que hay tal o cual índice de inflación y dice que el Gobierno miente, es así … pero no por algún plurito dialéctico o filosósfico, porque son K o anti K, sino porque va todas las semanas al supermercado, a la verdulería y a la carnicería. Faltan cosas, y los cien pesos cada vez llenan menos el changuito.

RN- Habiendo pasado recientemente por el Consejo de la Magistratura. ¿Qué cuestiones serían indispensables en su reglamentación ?

Reglas claras de juego.
Me consta la publicidad actual que hace dicho órgano de sus diferentes decisiones, pero evidentemente hace falta mayor trascendencia hacia la sociedad en general porque he observado algunas distorsiones difamatorias no por parte de los consejeros ni de los funcionarios y empleados de dicho órgano, sino de los insatisfechos con sus decisiones. Se aplica aquella célebre frase de Cervantes de Quijote “Ladran, Sancho !! y la categórica respuesta de su escudero Sancho “Señal que cabalgamos”.
Aplaudo la decisión del Poder Ejecutivo, de cesar la vacancia por mucho tiempo (creo que un año) en la Secretaría de Justicia ya que este órgano ejerce la Presidencia del Consejo de la Magistratura, aparte de funcionar de nexo intercomunicador entre el Poder Judicial, los Ministerios Públicos y la Administración Central.
Aplaudo que tanto Senadores como Diputados hayan reivindicado las etapas de la oposición y de la entrevista personal por sobre los antecedentes también necesarios, pero que no tienen que ser determinantes. Esto equipara a los postulantes funcionarios judiciales y abogados matriculados; al abogado con años encima con el abogado que recién empieza.
El desdoblamiento de la oposición también me parece fantástico, evaluar al postulante no sólo exponiendo escrituralmente sus conocimientos sino mediante la claridad de conceptos a exponer oralmente, es indispensable. Hay algunos colegas que la última vez que expusieron públicamente sus conocimientos jurídicos fue cuando aprobaron la última materia en la Facultad para recibirse.
Y luego la entrevista que tiene por finalidad evaluar al postulante no ya por sus conocimientos sino por la calidad de persona que es, y de acuerdo a sus pensamientos, sus valores, sus emociones. Justamente lo que comentaba Marcelo López Alfonsín en el Seminario aludido: el funcionario judicial ejerce política. Quizás, lo hace en una faceta muy distinta a la que habitualmente estamos acostumbrados, y como tal, debe tener tino preciso de los conceptos básicos de tiempo, lugar y ocasión, conocimiento actualizado constantemente la realidad económico y social donde se encuentra inserto. A efectos de evaluar a postulante en este aspecto como ciudadano, elector, vecino, contribuyente, afiliado a Cruz Roja, Cáritas, al Club Social o al Deportivo del barrio, el ámbito de la entrevista personal es esencial para la toma de decisión posterior por parte del evaluador (Consejo). En esa etapa uno deja de ser un Legajo y un sinnúmero de años de ejercicio forense acompañado de un frondoso cúmulo de cartones con títulos varios, para pasar a ser una persona de carne y hueso.
Me parece una saludable medida aquello de comenzar por la oposición y luego, proceder a la evaluación de los antecedentes. Esta medida desalienta las postulaciones especulativas.

Hay algunas pautas de evaluación de los antecedentes que no me parecen que apuntan a la calidad de los mismos. No siempre la evaluación puede hacerse en términos cuantitativos.

Me parece para destacar, la autonomía plena que tienen los Jurados, tanto en la proposición del contenido del exámen como en la corrección del mismo, esto aparece ratificado por las causales en las que se puede fundar una impugnación de este resultado (arbitrariedad manifiesta).
Estoy de acuerdo en que la multiplicidad de postulaciones debe ser controlada, pero no puede ser prohibida ni limitada apriorísticamente.
El inconveniente principal, lo constituye el tiempo de resolución de los distintos estamentos que intervienen en la designación. La demora en el tiempo conspira contra cualquier medida de control, ya que el postulante que gana un concurso si bien obliga a los demás órganos (Ejecutivo, Senado y Superior Tribunal) a expedirse sobre su postulación a un cargo, pudiendo apartarse de esa propuesta. Entonces, a pesar de estar primero en el orden de mérito, tiene todo el derecho del mundo a continuar postulándose en los cargos judiciales para los que considere tiene aptitudes, mientras no es designado. ¿Con qué argumento constitucional se le niega ese derecho?.
Ahora cuando accede definitivamente al cargo, cosa que sucede no antes de que el Superior Tribunal le tome juramento poniéndolo en posesión del cargo, la situación es totalmente distinta pudiendo existir – como sucede con los empleados judiciales o con los concursos docentes universitarios – limitaciones temporales que aseguren la continuidad en ese cargo por un plazo determinado.

RN- El cierre de la charla y el desempeño público

Cuando la sociedad en general, advierte que sus funcionarios o empleados públicos están comprometidos en el desempeño de sus funciones, principalmente porque se encuentran insertos en la realidad económica, social y política sobre la que les compete interactuar, con modestia, transparencia, contracción al trabajo, prudencia, capacitación y modernización continuas de sus conocimientos personales y de las herramientas y técnicas aplicadas a su función, ese funcionario o empleado público no aparece cuestionado socialmente.
No coincido con Vanossi, ser funcionario o empleado público es ser servidor público, es algo vocacional, o debe volver a serlo. Si pretendés enriquecerte con tu trabajo, no elijas la actividad pública, decía mi abuelo .
La otra cara de la moneda es que ser funcionario o empleado público, servidor público, implica la responsabilidad de rendir cuentas de su gestión, y someterse a los controles que se le impongan. Para estos dos aspectos fundamentales de la institucionalidad democrática, es esencial comunicar, informar, dar cuenta y publicitar sus actos, esto también es parte de las aptitudes y actitudes del desempeño público.

Abogada, catedrática

Convencional Constituyente (MC)

Bloque Viva Entre Ríos

Inversiones en Argentina y Uruguay