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Entre Rios, Los derechos del consumidor volvieron a comisión
15 agosto, 2008, 1:16 pm
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Los derechos del consumidor volvieron a comisión

El pleno rechazó la incorporación de un preámbulo

Por 28 votos a 17 fue rechazada la posibilidad de incluir un preámbulo en la Constitución. Además la Convención sancionó los despachos que dan rango constitucional a la mediación y al derecho a la Salud. El preámbulo fue el debate más intenso de esta sesión ya que en su análisis intervinieron una veintena de convencionales en un debate que se prolongó por más de tres horas. El pleno vuelve a sesionar el jueves 21 a las 17 y viernes 22 a las 9.

La Convención Constituyente celebró hoy la vigésimo cuarta sesión ordinaria y dejó sancionados los despachos que otorgan rango constitucional a la mediación y a los derechos de la salud. A su vez, decisión regresar a la comisión de Poderes y Régimen Electoral el dictamen sobre enmienda en la necesidad de buscar una redacción superadora mientras que idéntico trámite se hará con el despacho de los derechos del consumidor para aguardar el que emanará de Control del Estado relativo a los organismos de control y someterlos al pleno en forma conjunta.

La inclusión del preámbulo tuvo 28 votos positivos en favor del texto que rechaza la incorporación del preámbulo contra 17 negativos que vinieron de Acevedo Miño, Acharta, Alasino, Allende, Cresto, Gustavo Diaz, Gastaldi, Heyde, Márquez, Marciano Martínez, Motta, Pasqualini, Pérez, Pesuto, Schoenfeld, Taleb, y Busti.

El debate

La mediación fue el primer tema del orden del día de una sesión que se inició puntualmente y en la que para abrir el debate Marcela Haiek (CC) fundamentó el despacho y dijo que «una nueva actitud frente al conflicto ofrece la posibilidad de una nueva respuesta» y realzó el rol conciliador de la herramienta que se incluirá en la Constitución. Luego, Adriana de la Cruz de Zabal (CC) celebró el dictamen que «permite la convivencia respetuosa» y Julio Federik centró sus intereses en descomprimir a los «fatigados tribunales» ya que permitirá la resolución de algunos conflictos sin recurrir a ellos mientras que Rubén Villaverde (UCR) realzó la interacción de la figura con la Justicia y Hermo Pesuto (VER) jerarquizó el carácter constitucional de la resolución de conflictos a la que le dio un carácter milenario.

El dictamen

«El Estado provincial promueve y fomenta la comunicación, la utilización, difusión y desarrollo de la instancia de resolución pacífica de las controversias: La mediación, negociación, conciliación, facilitación y arbitraje, como métodos no adversariales de resolución de conflictos».

El preámbulo no será incluido en la Constitución

Con una lista de veinte oradores el pleno lució como su tema más central el del preámbulo que tuvo para su análisis la comisión de Peticiones. Su presidenta, Rosario Romero, aclaró esa comisión en su trabajo no abordó «el tema de fondo ni en los contenidos de los ocho proyectos como tampoco un juicio de valor porque quien puede negar la importancia de lo que es el preámbulo» dijo Romero al pleno y enumeró todas las cartas constitucionales que lo llevan aunque aseguró que «no debatimos contenidos, sino habilitaciones»

También se refirió a las dificultades que se salvaron para llegar a la reforma y recordó que Moine, cuando impulsó la reforma, propuso específicamente un preámbulo, pero usó ese hecho para contrastarlo con la ley 9768 que –dijo- «no menciona el preámbulo». Y, añadió: «Lo que no está prohibido está permitido. El obstáculo es que la 9768 en su artículo 4 define que la Convención no podrá apartarse de la competencia de la presente ley» precisó Romero.

Luego, agregó: «No hubo una omisión sino una voluntad del legislador entrerriano que al momento de acordar los temas no incluyó el preámbulo y ese silencio no puede interpretarse como una autorización» invitó la convencional que al cierre de su intervención admitió que personalmente le hubiera gustado incorporarlo.

Le siguió Carlín en el uso de la palabra y fue para destacar la «libertad» de los convencionales del bloque justicialista para manifestarse sobre el tema y adhirió al fundamento de Romero. «El dictado de un preámbulo no constituye un acto de gobierno sino el ejercicio de las funciones que le son propias para insertar un plexo que forma parte de la letra constitucional» definió Carlín para quien «aunque sería bueno que lo tenga» no sería jurídicamente aceptable porque «sería cuestionable»

Celeste Pérez fue categórica en asegurar que «de ninguna manera la 9768 coarta la posibilidad al constituyente de prologar la Constitución de la provincia. Un preámbulo es el corolario y lo que explica el espíritu de quienes hacemos esta tarea que nos compromete con el futuro». Dijo también que no aceptará «sustos» que les adviertan sobre la inconstitucionalidad de fijar un preámbulo y negó que quienes lo promueven sean objeto del descrédito intelectual. «No voy a dejar una brecha abierta para que se entienda que discutimos la forma cuando en realidad lo que subyace es el fondo»

Barrandeguy pidió el rechazo al preámbulo. Y lo fundó en que la 9768 habilita a «trabajar sobre aspectos legales y no sobre actos reclamativos o de deseos». Y desde su banca dijo que «esta discusión establece un marco de posibilidades y cierra o abre los debates de acuerdo a que esas posibilidades estén o no autorizadas» y además se refirió a la necesidad de que el Estado sea laico y que se mantenga alejado de las posiciones religiosas.

Américo Schvartzman (PS) también rechazó la aprobación del preámbulo que en el bloque comparten siete de ocho integrantes «Entendemos y así lo señalamos antes de la selecciones que el tema no se encuentra habilitado por la ley de convocatoria y resulta de toda claridad que se encuentra expresamente prohibido» sintetizó el convencional que tomó hechos del 33 para mostrar por qué se hace innecesario el preámbulo.

Zulema Schoenfeld (FJpV) que se manifestó a favor del preámbulo preguntó a sus pares «por qué no pueden considerarlo» ya que la ley 9768 «no dice ni sí, ni no. No creo que el contenido de una síntesis (como ella llamó al preámbulo) sea tan dañina para que se nos declare inconstitucional, si es un prólogo introductorio donde plasmaríamos una síntesis de normas esenciales». Y, pidió que se incorpore a la versión taquigráfica el proyecto 1020 del que es coautora.

A su turno, Luis Márquez (FJpV) recordó que en la campaña no se había expresado sobre el tema y compartió con Carlín el significado del preámbulo. A lo que sumó que «siendo el preámbulo un texto integrativo del texto constitucional no podrá tocarse si no está habilitado por la ley de la convocatoria» pero trajo al recinto la duda sobre qué hacer si la ley no dice nada al respecto y dejó en manos de una decisión «puramente política» la respuesta.

Luego, añadió: «El primer argumento es literal y el otro -si se quiere- es más interpretativo. El literal no está prohibido. Y, el preámbulo no figura porque no puede reformarse lo que no existe» le dijo Márquez al pleno que seguía su argumento con atención.

Un poco más adelante intentó «torcer» la decisión de la mayoría para rechazar el preámbulo mostrando con las versiones taquigráficas de la Cámara de Diputados y las debates de la 9768 en mano, que el tema nunca había sido abordado, y adelantó que de aquí en más «nunca vamos a poder poner un preámbulo aún cuando se lo habilite porque nos van a decir que no se puede comprender el espíritu del 33» y añadió «que no esté jurídicamente prohibido no quiere decir que deba ser aprobado sino que debe ser contemplado en cuanto a su viabilidad» y como cierre repreguntó a sus pares: » Quién, si no somos nosotros, será capaz de hacer un preámbulo»

Raúl Guy (UCR) fundó su rechazo al preámbulo explicando que «el pueblo nos dio mandato para la reforma dentro de determinados límites. No discutimos acerca del preámbulo como una cuestión ideológica sino, si es un tema habilitado o no» dijo conciso el convencional a quien siguió en el uso de la palabra Emiliano Acharta (CC),el único convencional de la Coalición que apoyó la sanción del preámbulo, para lo que agradeció la libertad que existe en su bloque para fijar posición sobre este tema y observó que en las decisiones finales de este proceso de reforma cabe la posibilidad de fijar un preámbulo, pero consideró que los convencionales están hoy en una etapa anterior a discutir el contenido; deben discutir si están habilitados para hacerlo» y también utilizó algunos de los argumentos esgrimidos por sus pares: La ausencia de posiciones sobre el preámbulo en las etapas previas a la reforma.

Augusto Alasino (VER) alejó su punto de vista del de quienes tomaron como eje la ley que declara la necesidad de la reforma y aseguró que el preámbulo es «preceptivo y si no lo es, no tuvo por qué estar en la ley de convocatoria» explicó Alasino al tiempo que detalló que la 9768 «fija los límites del poder constituyente pero el preámbulo no es Constitución. No forma parte de ella y no está incorporado al articulado» dijo.

Y, comentó que en caso de que sí lo hubiera hecho «la ley de reforma se hubiera metido en los poderes propios de los constituyentes».

En una breve intervención, agregó: «El preámbulo es una resolución de la Convención, no un artículo y así como establece su presupuesto y mecanismos puede por la misma vía técnica establecer un preámbulo. El preámbulo a nadie obliga el preámbulo no es una norma» esgrimió.

Finalmente, dijo que «un preámbulo tiene sentido si hacemos uno de nuestros tiempos que rompa los moldes, que defina nuestra historia y con ideología peronista y que hable de un dios reparador. Es ínsito al poder de la Convención establecer un preámbulo que prologue o sea colofón de la Constitución» aseguró Alasino a sus pares.

Santiago Reggiardo (PS) se refirió al preámbulo desde su naturaleza jurídica y disintió con Alasino. «No es un poema épico. Todos los preámbulos determinan los principios fundamentales que luego desarrolla el contenido normativo de la Constitución» relató el convencional adhiriendo a la mayoría de su bloque que rechaza el texto.

Marciano Martínez (VER) se basó en los paradigmas culturales y políticos que varían permanentemente y dijo que el preámbulo, en cambio, es letra que está «con fuerza» en el corazón de la gente» y recordó el modo en que (Raúl) Alfonsín en 1983 lanzó su campaña presidencial con el preámbulo de la Constitución nacional que le dio el irrepetible 51 por ciento de los votos.

«Histórico, político y cultural» denominó Martínez al preámbulo y consideró habilitada a la Convención para dictarlo enmarcándolo en el reconocimiento histórico y cultural de la provincia. «Tenemos que interpretar la norma sin que nos tiemble la decisión de hacerlo» dijo Martínez y desafió a sus pares a interpretar las normas y no a esperar que esté dicho para actuar.

Luis Brasesco (UCR) precisó que el tema es «jurídico» pero se le ha dado una «connotación religiosa» y sobre escritos de Jorge D’ Agostino y Jorge Campos aseguró que el preámbulo» no está habilitado para ser tratado por esta Constitución» y también trajo un trabajo del convencional Federik y admitió que es llamativo que en las cámaras legislativas y en el trabajo para llegar al proyecto de ley de la 9768 «nunca se haya tratado el tema».

«Me hubiera gustado – sinceró Brasesco- discutir un preámbulo. Me hubiera gustado que mi Constitución tenga un preámbulo; pero estoy acostumbrado a que la rigidez de la ley es superior a mis gustos y pretensiones» confió a sus pares al tiempo que señaló que el tema está «inhabilitado»

Luego, Hermo Pesuto (VER), prometiendo brevedad, dijo que hay dos posiciones enfrentadas en el recinto y se ubicó entre los que lo consideran habilitados. «No es fácil resolver estas cuestione sin caer en sofismas interminables» argumentó, pero aseguró, y a título personal, que a quienes definen el preámbulo como un tema pétreo «no los asiste la razón».

«La laguna del derecho» llamó Pesuto a la duda en la que ubicó la inclusión del preámbulo y, aunque se manifestó a favor de incluirlo en la nueva Constitución, llamó a «utilizar la independencia de la razón» para entender la viabilidad de la habilitación y mostró, como ejemplo, de ello el propio proyecto del presidente de la Convención, Jorge Busti.

«No hay unanimidad en el acierto o en el error» graficó Pesuto y se remontó a los inicios de la campaña electoral cuando Viva Entre Ríos propiciaba la inclusión de un preámbulo y un poco más tarde coincidió con Acharta en mostrar cómo la casi mitad de los convencionales impulsaron un proyecto para prologar la nueva carta.

«La suerte no está echada y quiero exhortar a todos para que viabilicemos un preámbulo y lo hago porque conozco la apertura de corazón de nuestros colegas. Si se hubiera aprobado la enmienda, tendríamos quizás la posibilidad» se esperanzó Pesuto. «No permitamos que un árbol nos impida ver el bosque» invitó luego al tiempo que desafió a los convencionales a no temer a » que nos ataquen por el preámbulo por inconstitucional. Nos hemos jugado por cuestiones más espinosas» espetó.

Desde sus recuerdos de infancia llamó a los convencionales a consensuar el contenido, y agradeció la seriedad y altura que dieron los convencionales al debate en el que Pesuto no resignó sus esperanzas y se llevó los aplausos del pleno.

Jorge Salomón (FJpV) contó que atravesó una contradicción interna entre sus deseos y lo que indica la letra de la norma y apoyó el dictamen que rechaza la incorporación del preámbulo a lo que adhirió luego Fernando Baez (FJpV) quien se opuso a los argumentos de Alasino y se ubicó más cerca de Barrandeguy calificando como «texto jurídico» al preámbulo.

La votación fue nominal y al votar por la positiva se rechazaba el dictamen .El texto quedó sancionado por 28 votos sobre 17 votos negativos de Acevedo Miño, Acharta, Alasino, Allende, Cresto, Gustavo Diaz, Gastaldi, Heyde, Márquez, Marciano Martínez, Motta, Pasqualini, Pérez, Pesuto , Schoenfeld, Taleb, y Busti

El dictamen

«Rechácese la incorporación al texto constitucional de un Preámbulo por no contar las iniciativas citadas con la habilitación legal correspondiente»

Derechos del consumidor y enmienda; a comisión

Al momento de tratarse este dictamen que estaba previsto como segundo tema del orden del día, Rogel pidió que se postergue hasta la semana próxima el tratamiento cuando se despachen los órganos de control; moción que fue aceptada por el presidente de la comisión de Nuevos Derechos, Raúl Barrandeguy. De ese modo, los despachos serán tratados en forma conjunta. El despacho de la enmienda retornó a la comisión de poderes y Régimen Electoral y su presidente, Miguel Carlín comentó que los convencionales pidieron analizar este texto para encontrar una respuesta superadora por lo que ofertó su retorno a comisión para lograrlo y el pleno lo acompañó por unanimidad.

Derecho a la salud

La convencional radical Alba Allende de López defendió este texto nombrando la salud como un derecho humano fundamental y en el mismo sentido lo hizo luego desde el bloque mayoritario Zulema Schoenfeld que puso en la educación y en la difusión propuestas elementales para auxiliar la salud. Luego, Griselda Bellman (UCR) coincidió con sus colegas y Pesuto se refirió a la necesidad de fijar algunas cuestiones en el orden municipal y saludó la inclusión de la salud en el niño por nacer para aventar cualquier interpretación. Darío Gianfelicci (CC) propuso una serie de modificaciones en el texto que no fueron de fondo y destacó el rol de la participación ciudadana en el texto mientras que al cierre de la lista de oradores Carlos Díaz se refirió a la obligación del Estado de poner a disposición elementos que garanticen el acceso a la salud. Este tema fue el último de la sesión de hoy y quedó sancionado por unanimidad, luego de que Barrandeguy, en su calidad de presidente de la comisión, admitiera algunos cambios que no fueron sustanciales ni de sentido en el texto en el artículo segundo y cuarto.

El dictamen

«Art… El Estado Provincial reconoce la salud como derecho humano fundamental de las personas, y garantiza la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, incluyendo el control de los riesgos biológicos y socio ambientales de todas las personas desde su concepción, para prevenir la posibilidad de enfermedad o muerte por causas que se pueden evitar.

La atención sanitaria será gratuita, universal, igualitaria, integral, adecuada y oportuna.

La inversión en salud será prioritaria para la provincia, el Estado tiene la obligación de poner a disposición de la población información, educación, métodos y prestaciones de servicios que garanticen derechos y acceso libre e integral de la salud.

La provincia da prioridad a la atención primaria de la salud, jerarquizando el primer nivel.

Art.. El Estado regula, habilita y fiscaliza todo el circuito de producción, comercialización, y consumo de productos alimenticios, medicamentos, tecnología médica, el ejercicio de las profesiones y la acreditación de los servicios de salud y cualquier otro aspecto que tenga incidencia en ella. Asimismo coordina su actividad con otras jurisdicciones.

Art… El medicamento es un bien social básico. El Estado dispondrá lo necesario para entregar medicamentos a la población que lo necesite en forma adecuada, oportuna y eficaz, fiscalizando procedencia y calidad. Desarrollará una política de medicamentos compresiva de la producción de éstos.

Art… El Estado promoverá la creación de centros de estudios e investigación interdiciplinaria de formación y capacitación en materia de salud, para una eficaz prevención y prestación del servicio de salud.

La ley reglamentaria propenderá a jerarquizar el nivel de atención hospitalaria de tiempo completo mediante médicos de dedicación exclusiva.

Art… El Estado provincial implementará un seguro provincial de salud para toda la población y una progresiva descentralización hospitalaria. Un Consejo de Salud, con participación ciudadana, será órgano consultivo del Poder Ejecutivo para el diseño de las políticas de salud».

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Entre Rios – El pleno rechazó la incorporación de un Preámbulo
15 agosto, 2008, 4:12 am
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El preámbulo fue el debate más intenso de esta sesión ya que en su análisis intervinieron una veintena de convencionales en un debate que se prolongó por más de tres horas. El pleno vuelve a sesionar el jueves 21 a las 17 y viernes 22 a las 9.

La Convención Constituyente celebró hoy la vigésimo cuarta sesión ordinaria y dejó sancionados los despachos que otorgan rango constitucional a la mediación y a los derechos de la salud. A su vez, decidió regresar a la comisión de Poderes y Régimen Electoral el dictamen sobre enmienda en la necesidad de buscar una redacción superadora mientras que idéntico trámite se hará con el despacho de los derechos del consumidor para aguardar el que emanará de Control del Estado relativo a los organismos de control y someterlos al pleno en forma conjunta.

La inclusión del preámbulo tuvo 28 votos positivos contra 17 negativos que vinieron de Acevedo Miño, Acharta, Alasino, Allende, Cresto, Gustavo Diaz, Gastaldi, Heyde, Márquez, Marciano Martínez, Motta, Pasqualini, Pérez, Pesuto , Schoenfeld, Taleb, y Busti.


El debate

La mediación fue el primer tema del orden del día de una sesión que se inició puntualmente y en la que para abrir el debate Marcela Haiek (CC) fundamentó el despacho y dijo que «una nueva actitud frente al conflicto ofrece la posibilidad de una nueva respuesta» y realzó el rol conciliador de la herramienta que se incluirá en la Constitución. Luego, Adriana de la Cruz de Zabal (CC) celebró el dictamen que «permite la convivencia respetuosa» y Julio Federik centró sus intereses en descomprimir a los «fatigados tribunales» ya que permitirá la resolución de algunos conflictos sin recurrir a ellos mientras que Rubén Villaverde (UCR) realzó la interacción de la figura con la Justicia y Hermo Pesuto (VER) jerarquizó el carácter constitucional de la resolución de conflictos a la que le dio un carácter milenario.

El dictamen

«El Estado provincial promueve y fomenta la comunicación, la utilización, difusión y desarrollo de la instancia de resolución pacífica de las controversias: La mediación, negociación, conciliación, facilitación y arbitraje, como métodos no adversariales de resolución de conflictos».

El preámbulo no será incluido en la Constitución

Con una lista de veinte oradores el pleno lució como su tema más central el del preámbulo que tuvo para su análisis la comisión de Peticiones. Su presidenta, Rosario Romero, aclaró esa comisión en su trabajo no abordó «el tema de fondo ni en los contenidos de los ocho proyectos como tampoco un juicio de valor porque quien puede negar la importancia de lo que es el preámbulo» dijo Romero al pleno y enumeró todas las cartas constitucionales que lo llevan aunque aseguró que «no debatimos contenidos, sino habilitaciones»

También se refirió a las dificultades que se salvaron para llegar a la reforma y recordó que Moine, cuando impulsó la reforma, propuso específicamente un preámbulo, pero usó ese hecho para contrastarlo con la ley 9768 que –dijo- «no menciona el preámbulo». Y, añadió: «Lo que no está prohibido está permitido. El obstáculo es que la 9768 en su artículo 4 define que la Convención no podrá apartarse de la competencia de la presente ley» precisó Romero .

Luego, agregó: «No hubo una omisión sino una voluntad del legislador entrerriano que al momento de acordar los temas no incluyó el preámbulo y ese silencio no puede interpretarse como una autorización» invitó la convencional que al cierre de su intervención admitió que personalmente le hubiera gustado incorporarlo.

Le siguió Carlín en el uso de la palabra y fue para destacar la «libertad» de los convencionales del bloque justicialista para manifestarse sobre el tema y adhirió al fundamento de Romero. «El dictado de un preámbulo no constituye un acto de gobierno sino el ejercicio de las funciones que le son propias para insertar un plexo que forma parte de la letra constitucional» definió Carlín para quien «aunque sería bueno que lo tenga» no sería jurídicamente aceptable porque «sería cuestionable»

Celeste Pérez fue categórica en asegurar que «de ninguna manera la 9768 coarta la posibilidad al constituyente de prologar la Constitución de la provincia. Un preámbulo es el corolario y lo que explica el espíritu de quienes hacemos esta tarea que nos compromete con el futuro». Dijo también que no aceptará «sustos» que les adviertan sobre la inconstitucionalidad de fijar un preámbulo y negó que quienes lo promueven sean objeto del descrédito intelectual. «No voy a dejar una brecha abierta para que se entienda que discutimos la forma cuando en realidad lo que subyace es el fondo»

Barrandeguy pidió el rechazo al preámbulo. Y lo fundó en que la 9768 habilita a «trabajar sobre aspectos legales y no sobre actos reclamativos o de deseos». Y desde su banca dijo que «esta discusión establece un marco de posibilidades y cierra o abre los debates de acuerdo a que esas posibilidades estén o no autorizadas» y además se refirió a la necesidad de que el Estado sea laico y que se mantenga alejado de las posiciones religiosas.

Américo Schvartzman (PS) también rechazó la aprobación del preámbulo que en el bloque comparten siete de ocho integrantes «Entendemos y así lo señalamos antes de la selecciones que el tema no se encuentra habilitado por la ley de convocatoria y resulta de toda claridad que se encuentra expresamente prohibido» sintetizó el convencional que tomó hechos del 33 para mostrar por qué se hace innecesario el preámbulo.

Zulema Schoenfeld (FJpV) que se manifestó a favor del preámbulo preguntó a sus pares «por qué no pueden considerarlo» ya que la ley 9768 «no dice ni sí, ni no. No creo que el contenido de una síntesis (como ella llamó al preámbulo) sea tan dañina para que se nos declare inconstitucional, si es un prólogo introductorio donde plasmaríamos una síntesis de normas esenciales». Y, pidió que se incorpore a la versión taquigráfica el proyecto 1020 del que es coautora.

A su turno, Luis Márquez (FJpV) recordó que en la campaña no se había expresado sobre el tema y compartió con Carlín el significado del preámbulo. A lo que sumó que «siendo el preámbulo un texto integrativo del texto constitucional no podrá tocarse si no está habilitado por la ley de la convocatoria» pero trajo al recinto la duda sobre qué hacer si la ley no dice nada al respecto y dejó en manos de una decisión «puramente política» la respuesta.

Luego, añadió: «El primer argumento es literal y el otro -si se quiere- es más interpretativo. El literal no está prohibido. Y, el preámbulo no figura porque no puede reformarse lo que no existe» le dijo Márquez al pleno que seguía su argumento con atención.

Un poco más adelante intentó «torcer» la decisión de la mayoría para rechazar el preámbulo mostrando con las versiones taquigráficas de la Cámara de Diputados y las debates de la 9768 en mano, que el tema nunca había sido abordado, y adelantó que de aquí en más «nunca vamos a poder poner un preámbulo aún cuando se lo habilite porque nos van a decir que no se puede comprender el espíritu del 33» y añadió «que no este jurídicamente prohibido no quiere decir que deba ser aprobado sino que debe ser contemplado en cuanto a su viabilidad» y como cierre repreguntó a sus pares: » Quién, si no somos nosotros, será capaz de hacer un preámbulo»

Raúl Guy (UCR) fundó su rechazo al preámbulo explicando que «el pueblo nos dio mandato para la reforma dentro de determinados límites. No discutimos acerca del preámbulo como una cuestión ideológica sino, si es un tema habilitado o no» dijo conciso el convencional a quien siguió en el uso de la palabra Emiliano Acharta (CC),el único convencional de la Coalición que apoyó la sanción del preámbulo, para lo que agradeció la libertad que existe en su bloque para fijar posición sobre este tema y observó que en las decisiones finales de este proceso de reforma cabe la posibilidad de fijar un preámbulo, pero consideró que los convencionales están hoy en una etapa anterior a discutir el contenido; deben discutir si están habilitados para hacerlo» y también utilizó algunos de los argumentos esgrimidos por sus pares: La ausencia de posiciones sobre el preámbulo en las etapas previas a la reforma.

Augusto Alasino (VER) alejó su punto de vista del de quienes tomaron como eje la ley que declara la necesidad de la reforma y aseguró que el preámbulo es «preceptivo y sino lo es, no tuvo por qué estar en la ley de convocatoria» explicó Alasino al tiempo que detalló que la 9768 «fija los límites del poder constituyente pero el preámbulo no es Constitución. No forma parte de ella y no está incorporado al articulado» dijo.

Y, comentó que en caso de que sí lo hubiera echo «la ley de reforma se hubiera metido en los poderes propios de los constituyentes».

En una breve intervención, agregó: «El preámbulo es una resolución de la Convención, no un artículo y así como establece su presupuesto y mecanismos puede por la misma vía técnica establecer un preámbulo. El preámbulo a nadie obliga el preámbulo no es una norma» esgrimió.

Finalmente, dijo que «un preámbulo tiene sentido si hacemos uno de nuestros tiempos que rompa los moldes, que defina nuestra historia y con ideología peronista y que hable de un dios reparador. Es ínsito al poder de la Convención establecer un preámbulo que prologue o sea colofón de la Constitución» aseguró Alasino a sus pares

Santiago Reggiardo (PS) se refirió al preámbulo desde su naturaleza jurídica y disintió con Alasino. «No es un poema épico. Todos los preámbulos determinan los principios fundamentales que luego desarrolla el contenido normativo de la Constitución» relató el convencional adhiriendo a la mayoría de su bloque que rechaza el texto.

Marciano Martínez (VER) se basó en los paradigmas culturales y políticos que varían permanentemente y dijo que el preámbulo, en cambio, es letra que está «con fuerza» en el corazón de la gente» y recordó el modo en que (Raúl) Alfonsín en 1983 lanzó su campaña presidencial con el preámbulo de la Constitución nacional que le dio el irrepetible 51 por ciento de los votos.

«Histórico, político y cultural» denominó Martínez al preámbulo y consideró habilitada a la Convención para dictarlo enmarcándolo en el reconocimiento histórico y cultural de la provincia. «Tenemos que interpretar la norma sin que nos tiemble la decisión de hacerlo» dijo Martínez y desafió a sus pares a interpretar las normas y no a esperar que esté dicho para actuar.

Luis Brasesco (UCR) precisó que el tema es «jurídico» pero se le ha dado una «connotación religiosa» y sobre escritos de Jorge D’ Agostino y Jorge Campos aseguró que el preámbulo» no está habilitado para ser tratado por esta Constitución» y también trajo un trabajo del convencional Federik y admitió que es llamativo que en las cámaras legislativas y en el trabajo para llegar al proyecto de ley de la 9768 «nunca se haya tratado el tema».

«Me hubiera gustado – sinceró Brasesco- discutir un preámbulo. Me hubiera gustado que mi Constitución tenga un preámbulo; pero estoy acostumbrado a que la rigidez de la ley es superior a mis gustos y pretensiones» confió a sus pares al tiempo que señaló que el tema está «inhabilitado»

Luego, Hermo Pesuto (VER), prometiendo brevedad, dijo que hay dos posiciones enfrentadas en el recinto y se ubicó entre los que lo consideran habilitados. «No es fácil resolver estas cuestione sin caer en sofismas interminables» argumentó, pero aseguró, y a título personal, que a quienes definen el preámbulo como un tema pétreo «no los asiste la razón».

«La laguna del derecho» llamó Pesuto a la duda en la que ubicó la inclusión del preámbulo y, aunque se manifestó a favor de incluirlo en la nueva Constitución, llamó a «utilizar la independencia de la razón» para entender la viabilidad de la habilitación y mostró, como ejemplo, de ello el propio proyecto del presidente de la Convención, Jorge Busti.

«No hay unanimidad en el acierto o en el error» graficó Pesuto y se remontó a los inicios de la campaña electoral cuando Viva Entre Ríos propiciaba la inclusión de un preámbulo y un poco más tarde coincidió con Acharta en mostrar cómo la casi mitad de los convencionales impulsaron un proyecto para prologar la nueva carta.

«La suerte no está echada y quiero exhortar a todos para que viabilicemos un preámbulo y lo hago porque conozco la apertura de corazón de nuestros colegas. Si se hubiera aprobado la enmienda, tendríamos quizás la posibilidad» se esperanzó Pesuto. «No permitamos que un árbol nos impida ver el bosque» invitó luego al tiempo que desafió a los convencionales a no temer a » que nos ataquen por el preámbulo por inconstitucional. Nos hemos jugado por cuestiones más espinosas» espetó.

Desde sus recuerdos de infancia llamó a los convencionales a consensuar el contenido, y agradeció la seriedad y altura que dieron los convencionales al debate en el que Pesuto no resignó sus esperanzas y se llevó los aplausos del pleno.

Jorge Salomón (FJpV) contó que atravesó una contradicción interna entre sus deseos y lo que indica la letra de la norma y apoyó el dictamen que rechaza la incorporación del preámbulo a lo que adhirió luego Fernando Baez (FJpV) quien se opuso a los argumentos de Alasino y se ubicó más cerca de Barrandeguy calificando como «texto jurídico» al preámbulo.

La votación fue nominal .El texto quedó sancionado por 28 votos sobre 17 votos negativos de Acevedo Miño, Acharta, Alasino, Allende, Cresto, Gustavo Diaz, Gastaldi, Heyde, Márquez, Marciano Martínez, Motta, Pasqualini, Pérez, Pesuto , Schoenfeld, Taleb, y Busti

El dictamen
«Rechácese la incorporación al texto constitucional de un Preámbulo por no contar las iniciativas citadas con la habilitación legal correspondiente»

Derechos del consumidor y enmienda; a comisión

Al momento de tratarse este dictamen que estaba previsto como segundo tema del orden del día, Rogel pidió que se postergue hasta la semana próxima el tratamiento cuando se despachen los órganos de control; moción que fue aceptada por el presidente de la comisión de Nuevos Derechos, Raúl Barrandeguy. De ese modo, los despachos serán tratados en forma conjunta. El despacho de la enmienda retornó a la comisión de poderes y Régimen Electoral y su presidente, Miguel Carlín comentó que los convencionales pidieron analizar este texto para encontrar una respuesta superadora por lo que ofertó su retorno a comisión para lograrlo y el pleno lo acompañó por unanimidad.

Derecho a la salud

La convencional radical Alba Allende de López defendió este texto nombrando la salud como un derecho humano fundamental y en el mismo sentido lo hizo luego desde el bloque mayoritario Zulema Schoenfeld que puso en la educación y en la difusión propuestas elementales para auxiliar la salud. Luego, Griselda Bellman (UCR) coincidió con sus colegas y Pesuto se refirió a la necesidad de fijar algunas cuestiones en el orden municipal y saludó la inclusión de la salud en el niño por nacer para aventar cualquier interpretación. Darío Gianfelicci (CC) propuso una serie de modificaciones en el texto que no fueron de fondo y destacó el rol de la participación ciudadana en el texto mientras que al cierre de lalista de oradores Carlos Díaz se refirió a la obligación del Estado de poner a disposición elementos que granticen el acceso a la salud. Este tema fue el último de la sesión de hoy y quedó sancionado por unanimidad, luego de que Barrandeguy, en su calidad de presidente de la comisión, admitiera algunos cambios que no fueron sustanciales ni de sentido en el texto en el artículo segundo y cuarto.

El dictamen

«Art… El Estado Provincial reconoce la salud como derecho humano fundamental de las personas, y garantiza la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, incluyendo el control de los riesgos biológicos y socio ambientales de todas las personas desde su concepción, para prevenir la posibilidad de enfermedad o muerte por causas que se pueden evitar.

La atención sanitaria será gratuita, universal, igualitaria, integral, adecuada y oportuna.

La inversión en salud será prioritaria para la provincia, el Estado tiene la obligación de poner a disposición de la población información, educación, métodos y prestaciones de servicios que garanticen derechos y acceso libre e integral de la salud.

La provincia da prioridad a la atención primaria de la salud, jerarquizando el primer nivel.

Art.. El Estado regula, habilita y fiscaliza todo el circuito de producción, comercialización, y consumo de productos alimenticios, medicamentos, tecnología médica, el ejercicio de las profesiones y la acreditación de los servicios de salud y cualquier otro aspecto que tenga incidencia en ella. Asimismo coordina su actividad con otras jurisdicciones.

Art… El medicamento es un bien social básico. El Estado dispondrá lo necesario para entregar medicamentos a la población que lo necesite en forma adecuada, oportuna y eficaz, fiscalizando procedencia y calidad. Desarrollará una política de medicamentos compresiva de la producción de éstos.

Art… El Estado promoverá la creación de centros de estudios e investigación interdiciplinaria de formación y capacitación en materia de salud, para una eficaz prevención y prestación del servicio de salud.

La ley reglamentaria propenderá a jerarquizar el nivel de atención hospitalaria de tiempo completo mediante médicos de dedicación exclusiva.

Art… El Estado provincial implementará un seguro provincial de salud para toda la población y una progresiva descentralización hospitalaria. Un Consejo de Salud, con participación ciudadana, será órgano consultivo del Poder Ejecutivo para el diseño de las políticas de salud».(RN)

 

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